Gestionar una herencia puede ser un proceso complejo y, en muchas ocasiones, genera dudas y conflictos entre los herederos. Desde la obtención de los documentos necesarios hasta el pago de impuestos y el reparto de bienes, cada etapa del proceso debe realizarse con precisión para evitar problemas legales y fiscales.
En este artículo, te explicamos los pasos clave para tramitar una herencia en España, los impuestos a pagar, las diferencias entre herencias con y sin testamento, y cómo evitar disputas familiares.
1. Primeros pasos tras el fallecimiento
Obtener el certificado de defunción
El primer documento que necesitas es el certificado de defunción, que se solicita en el Registro Civil donde haya ocurrido el fallecimiento. Este documento es esencial para iniciar cualquier trámite de sucesión.
Solicitar el certificado de últimas voluntades
Este certificado indica si la persona fallecida dejó testamento y ante qué notario lo hizo. Se puede solicitar a partir de 15 días hábiles después del fallecimiento en el Ministerio de Justicia o de forma telemática.
Obtener una copia del testamento
Si existe testamento, se debe acudir a la notaría donde fue registrado para obtener una copia autorizada. Este documento es clave para conocer la distribución de la herencia según la voluntad del fallecido.
Si no hay testamento, la herencia se repartirá según las normas del Código Civil, estableciendo un orden de sucesión legal.
2. Diferencias entre herencia con testamento y sin testamento
Herencia con testamento
Cuando el fallecido ha dejado testamento, la repartición de bienes sigue sus disposiciones, siempre respetando la legítima (parte obligatoria para ciertos herederos).
El testamento facilita el proceso, evita disputas y permite que el fallecido distribuya su patrimonio según sus deseos.
Herencia sin testamento (sucesión intestada)
Si no hay testamento, la ley establece un orden de herederos:
- Hijos y descendientes
- Padres y ascendientes
- Cónyuge viudo
- Hermanos y sobrinos
- Resto de familiares hasta cuarto grado
- El Estado (en caso de no haber herederos)
El reparto de bienes en este caso se tramita ante un notario o, si hay conflictos, ante un juzgado.
3. Aceptación o renuncia de la herencia
Una vez identificados los herederos, se debe decidir si se acepta o se renuncia la herencia. Hay tres opciones:
1. Aceptación pura y simple
El heredero asume tanto los bienes como las deudas del fallecido. Si hay deudas superiores al patrimonio heredado, el heredero responde con su propio patrimonio.
2. Aceptación a beneficio de inventario
El heredero acepta la herencia, pero solo responde de las deudas con los bienes heredados, protegiendo su propio patrimonio. Esta opción es recomendable cuando existen dudas sobre las deudas del fallecido.
3. Renuncia de la herencia
Si la herencia tiene más deudas que bienes o simplemente no se desea recibir, se puede renunciar ante notario. Esta renuncia es irrevocable.
Plazo para aceptar o renunciar: No hay un plazo fijo, pero se recomienda actuar antes de que Hacienda exija el pago de impuestos.
4. Reparto de la herencia
El reparto de bienes puede realizarse de mutuo acuerdo entre los herederos o, si hay conflictos, a través de un procedimiento judicial.
División amistosa de la herencia
Si todos los herederos están de acuerdo, se firma un cuaderno particional en la notaría, donde se detallan los bienes y su adjudicación.
Conflictos entre herederos
Si no hay acuerdo, se debe acudir a un procedimiento de división judicial de herencia, donde un juez decide el reparto.
En algunos casos, un contador-partidor designado por el juez se encarga de dividir los bienes.
5. Pago de impuestos en la herencia
Recibir una herencia implica el pago de impuestos. Es importante conocerlos para evitar sanciones por no declarar correctamente.
Impuesto de Sucesiones
Es el principal impuesto que deben pagar los herederos y varía según la comunidad autónoma. Factores que influyen en su cálculo:
- Valor de los bienes heredados
- Parentesco con el fallecido (los hijos pagan menos que otros herederos)
- Reducciones y bonificaciones según la comunidad autónoma
Plazo: Se debe pagar dentro de los seis meses posteriores al fallecimiento, aunque puede solicitarse una prórroga.
Plusvalía municipal
Se paga cuando se hereda un bien inmueble y grava el incremento de valor del suelo desde que el fallecido lo adquirió.
Si el valor del suelo no ha aumentado, se puede reclamar la anulación de este impuesto.
6. Cómo evitar problemas legales en la herencia
Para evitar conflictos y facilitar la gestión de una herencia, se recomienda:
- Hacer testamento: Reduce problemas y deja claras las voluntades del fallecido.
- Consultar con un abogado: Para asegurarse de cumplir con la normativa y evitar sorpresas fiscales.
- Negociar con los herederos: Intentar un acuerdo amistoso antes de acudir a los tribunales.
La gestión de una herencia implica una serie de pasos legales y fiscales que pueden ser complejos. Desde la obtención del testamento hasta el reparto de bienes y el pago de impuestos, contar con un asesoramiento legal adecuado es clave para evitar problemas y garantizar un proceso sin complicaciones.
Si necesitas ayuda para tramitar una herencia o tienes dudas sobre la sucesión de bienes, en Huete Jiménez Abogados te ofrecemos asesoramiento personalizado para garantizar que todo se realice conforme a la ley y de la manera más beneficiosa para ti.


